Reglamento de miembros asociados
- Los derechos, deberes y atribuciones de los Miembros Asociados se regirán por los Estatutos del Club y por este Reglamento dictado por la Junta Directiva, cuyas disposiciones los Miembros Asociados manifiestan conocer y se obligan a aceptar y cumplir por el solo hecho de efectuar la solicitud de admisión respectiva por ante la Junta Directiva.
- Los Miembros Asociados serán personas naturales, mayores de edad y podrán ser postulados por dos o más Socios Propietarios, pero la Junta Directiva no podrá aceptar membresías de ningún género o especie, que no hayan sido aprobadas de acuerdo con los Estatutos del Club y de este Reglamento.
- La Cuota Anual de Incorporación será fijada por la Junta Directiva, y será el monto equivalente a un porcentaje que oscila entre un 10% al 20% del Valor Referencial de la Acción (VRA).
- La Cuota Anual de Incorporación será pagada al inicio de cada período anual, por adelantado, y la Membresía podrá ser renovada anualmente en la misma forma inicial, previa solicitud oportuna por ante la Junta Directiva, antes de su vencimiento. Esta Cuota Anual de Incorporación no es reintegrable.
- La Cuota Ordinaria de Sostenimiento será la acordada por la Asamblea, y podrá ser modificada por ésta, en cualquier momento.
- El Club se reserva el derecho de suspender temporal o totalmente las membresías al vencimiento del período anual o que faltare por vencer, sin derecho a reclamo alguno, en caso de faltas contempladas en los Estatutos que den lugar a las sanciones previstas en ellos y, en especial, por la falta de pago de la Cuota Ordinaria de Sostenimiento, que causará la suspensión temporal o el inmediato retiro del Miembro Asociado. En caso de retiro anticipado se reintegrarán las cantidades pagadas por el Miembro para la Cuota Ordinaria de Sostenimiento que faltare por vencer.
- A los fines de iniciar el proceso de aceptación del aspirante a Miembro Asociado, éste presentará la información solicitada, de acuerdo con los formularios previstos por la Asociación. Una vez aprobada su solicitud, pagará la Cuota Anual de Incorporación y la primera Cuota Ordinaria de Sostenimiento, y obtendrá su condición de Miembro Asociado.
- Los ingresos provenientes del Programa de Miembros Asociados podrán ser dedicados a:
8.1 Apoyar la Cuota Ordinaria de Sostenimiento.
8.2 Controlar el mercado de acciones del Club
8.3 Respaldar contingencias
9. Lo no previsto respecto a los Miembros Asociados en los Estatutos de la Asociación y en este Reglamento será decidido por la Junta Directiva.
Este Reglamento ha sido aprobado por la Junta Directiva, en su reunión del día 04 de abril de 2.024.